Separarse cuando hay una empresa: el periodo intermedio

Separarse o divorciarse cuando hay una empresa, inmuebles o participaciones abre un periodo intermedio, entre la decisión y el acuerdo definitivo, en el que el patrimonio sigue funcionando y casi nada está cerrado. Los bienes, los documentos y los plazos son terreno de su abogado de familia y de su notario, que intervienen antes que nadie, junto con su asesor fiscal. Lo que queda en sus manos es preparar un inventario y un calendario, cuidar la discreción ante la plantilla y el mercado, y no anticipar a los hijos un reparto que todavía no existe ni dar ningún paso irreversible, como vender, reorganizar la sociedad o trasladarse a otro país, sin que sus profesionales lo hayan examinado antes.

En resumen

  • Entre la decisión de separarse y el acuerdo definitivo, la empresa, los inmuebles y la vida familiar siguen su curso mientras todo está pendiente.
  • Casi todo parece urgente en las primeras semanas, pero solo algunas fechas son firmes, y esas corresponden a sus profesionales.
  • El abogado de familia y el notario intervienen primero, con el asesor fiscal; a usted le toca llevarles un inventario ordenado y sus preguntas por escrito.
  • Los hijos, los empleados, los bancos y los clientes perciben cambios antes de que nadie diga nada, y lo que se les dice merece prepararse.
  • Vender, reorganizar la sociedad o adelantar la sucesión pasan antes por su abogado y su asesor fiscal; ordenar papeles, fechas y decisiones pendientes no le obliga a nada.
En este artículo
  1. ¿Qué cambia cuando en una separación hay una empresa?
  2. ¿Por qué parece que todo hay que decidirlo ya?
  3. El abogado y el notario, antes que nadie
  4. ¿Qué notan los empleados antes de que nadie diga nada?
  5. Lo que el mercado lee entre líneas
  6. ¿Cómo hablar con los hijos cuando hay una empresa de por medio?
  7. Lo que no cabe en ningún convenio
  8. ¿Qué conviene no decidir mientras dura la separación?
  9. Lo que sí puede ir preparando
  10. Preguntas frecuentes

¿Qué cambia cuando en una separación hay una empresa?

Una separación tiene dos fechas que todo el mundo conoce: el día en que se decide y el día en que se firma el acuerdo o se dicta la sentencia. Entre una y otra pasa un tiempo que no figura en ningún expediente, que puede durar muchos meses y en el que la vida no se detiene: hay nóminas que pagar, pedidos que servir, hijos que llevar al colegio y juntas que celebrar.

Cuando hay una empresa, participaciones, locales o fincas, ese tiempo se complica de otra manera, porque el patrimonio tiene vida propia: empleados, bancos y clientes que no forman parte de la separación y que, sin embargo, dependen de cómo se atraviese.

Quien vive ese periodo lleva tres relojes a la vez. El del procedimiento, que marcan los abogados y, si interviene, el juzgado. El de la empresa, que no se detiene por nadie: el cierre del ejercicio, la renovación de una póliza de crédito, una negociación a medio cerrar. Y el de la familia, con sus cursos escolares, sus vacaciones y unas celebraciones que este año nadie sabe cómo organizar. Cada profesional mira uno de esos relojes; solo usted los oye sonar juntos.

En muchas familias con patrimonio, además, la frontera entre lo profesional y lo privado nunca se trazó, porque no hacía falta. La vivienda familiar está a nombre de una sociedad, los coches son de la empresa y los usa la familia, usted avaló personalmente un préstamo de la sociedad y las participaciones se repartieron entre varios miembros de la familia al constituirla. Nada de esto es extraño en una empresa familiar, pero ahora cada punto se convierte en una pregunta: a quién pertenece, quién decide, qué puede seguir usándose y quién paga mientras tanto. También las personas se mezclan: la gestoría de la empresa lleva las declaraciones de la familia, y la asistente, las dos agendas.

Y llega casi siempre una pregunta: cuánto vale la empresa. Si hace falta una valoración, entrarán peritos que pedirán cuentas, contratos y previsiones, y usted oirá cifras que no coinciden con la que tiene en la cabeza, porque nadie mira con neutralidad la obra de media vida. La valoración es trabajo de expertos; a usted le corresponde facilitar la información y guardar para sí lo que esa cifra le remueve.

¿Por qué parece que todo hay que decidirlo ya?

Las primeras semanas llegan cargadas de preguntas que no parecen admitir espera: dónde vivir, qué decir en casa y en la oficina, qué hacer con las cuentas, a quién llamar primero. Todas juntas producen la impresión de que el futuro entero se decide en un mes.

Una parte de esa urgencia es real: plazos procesales, vencimientos bancarios, obligaciones fiscales, operaciones en marcha con fecha de firma. Esos plazos se pueden consultar, tienen un profesional que los conoce y caben en una agenda; su sitio es el despacho de su abogado y de su asesor, no sus noches.

La otra parte viene de dentro: el deseo de que todo termine cuanto antes, la necesidad de demostrar que sigue teniendo el control, el miedo a perder lo que tanto costó construir, a veces la culpa. Esa urgencia no tiene fecha, y por eso no se agota nunca. Tomada una decisión, aparece otra que parece igual de inaplazable.

Para distinguir una de otra basta una pregunta: ¿qué se pierde, en concreto, si esta decisión espera unas semanas? Si la respuesta tiene fecha y nombre, un plazo, una firma, una renovación, la urgencia es real y va a sus profesionales. Si la respuesta es «nada, pero no aguanto más», lo que apremia no es la decisión, sino el estado en que se tomaría. Por qué tratamos esa diferencia con tanto cuidado lo explicamos en «La prisa es una señal».

Bajo esa presión aparecen dos tentaciones opuestas, y conviene saber cuál es la propia. Una es firmar lo que haga falta para que todo acabe. La otra es no tocar nada y dejar que la empresa y la casa sigan como si nada hubiera cambiado, a la espera de un momento mejor que no llega. Parecen contrarias y tienen algo en común: en las dos, quien decide es el cansancio.

El abogado y el notario, antes que nadie

Todo lo que tiene consecuencias jurídicas o fiscales pasa por sus profesionales antes de que usted decida nada, y antes de llegar a nosotros. En una separación con patrimonio no son uno sino varios, cada uno con su papel.

Su abogado de familia

Le representa y defiende sus intereses en el procedimiento y en el acuerdo. Si hay una empresa, es preferible que tenga experiencia en separaciones con patrimonio empresarial o que trabaje con un colega mercantilista. Y hay una pregunta incómoda que merece hacerse pronto: el abogado que durante años ha llevado los asuntos de la familia, ¿puede representarle ahora a usted? Hágasela directamente. Lo mismo vale para la gestoría que lleva a la vez la empresa y a la familia.

El notario

En España, el notario da forma pública, entre otros actos, a las capitulaciones matrimoniales, a la transmisión de participaciones de una sociedad limitada y a la compraventa de inmuebles, y lo hace como funcionario público obligado a la imparcialidad: explica a quien firma lo que firma. Suele conservar además la memoria documental de la familia, de la constitución de la sociedad a poderes otorgados hace años; pídale copia de lo que usted otorgó y no encuentre, y qué conviene revisar lo decidirán él y su abogado.

El asesor fiscal y el abogado mercantilista

Cada forma de repartir o de reordenar un patrimonio tiene un coste fiscal distinto, y calcularlo antes de firmar es trabajo de su asesor fiscal. El abogado mercantilista leerá los estatutos, el pacto de socios o el protocolo familiar, documentos que a veces nadie ha vuelto a abrir desde que se firmaron y que pueden prever algo para esta situación. Y si su salud se resiente, o la de alguien de su casa, el primero en saberlo debe ser un médico.

A todos ellos conviene llevarles las preguntas por escrito. Casi siempre son las mismas:

  • qué puedo hacer y qué no con los bienes y las cuentas comunes mientras dure el procedimiento;
  • qué decisiones de la empresa puedo seguir tomando con normalidad y cuáles conviene consultarles antes;
  • qué fechas son firmes y cuáles solo lo parecen;
  • qué documentos necesitan y dónde conviene guardarlos;
  • qué no debería firmar, anunciar ni mover mientras tanto.

Si en algún momento interviene Lex Fati, lo hace al lado de todos ellos y nunca en su lugar. Cómo se organiza esa convivencia lo contamos en «¿Trabajan con abogados o asesores?».

¿Qué notan los empleados antes de que nadie diga nada?

Mucho, y antes de lo que uno cree. Cambian los horarios, se cierran puertas que solían estar abiertas, hay llamadas que se atienden en el pasillo y en la agenda compartida aparece una cita en una notaría. En una empresa donde todos se conocen, eso basta.

Los empleados no necesitan saber qué pasa para notar que pasa algo, y ante el silencio interpretan. Su pregunta casi nunca es personal, sino práctica: si la empresa se va a vender, a dividir o a cambiar de manos, y qué será de su puesto. Mientras no tiene respuesta, los mejores empiezan a escuchar ofertas, porque son los que más reciben.

Su vida privada le pertenece. Lo que la plantilla necesita saber es lo que le afecta a ella, y solo cuando esté decidido. Entre el silencio total y la confidencia hay un término medio: una frase breve y verdadera para las pocas personas a las que otros preguntarán, como la asistente, el director financiero o el encargado de más confianza. Algo así como: «Tengo un asunto personal en curso; si algo cambia en la empresa, lo sabrás por mí».

Esa frase solo sirve si es cierta y si usted la sostiene en el tiempo. No anuncie una estabilidad que no puede asegurar ni cambios que aún no están decididos, y no convierta a nadie de la plantilla en su confidente: esa persona depende de usted, y lo que le cuente la coloca en una posición que no eligió.

Queda un frente técnico que casi todo el mundo olvida: el correo corporativo, la agenda compartida, las carpetas del servidor y los teléfonos de empresa los ven, o pueden verlos, más personas de las que uno imagina. Todo lo que pertenece a la separación, de los correos con su abogado a los borradores de acuerdo, está mejor fuera de ellos.

Lo que el mercado lee entre líneas

Fuera de la empresa, un cambio en la vida de quien la dirige se lee casi siempre como una señal sobre el negocio. El banco se pregunta si cambiará quién responde de la deuda; los clientes importantes, si la empresa será la misma dentro de un año; los competidores, si es buen momento para acercarse a su cartera o a su gente. Ninguna de esas lecturas necesita ser cierta para tener efectos.

Algunas señales llegan por vías formales. Si cambia el órgano de administración de una sociedad, el cambio se inscribe en el Registro Mercantil y se publica en el BORME, que hay quien lee cada mañana, y algunos contratos de financiación prevén qué ocurre si cambia la propiedad de la empresa; su abogado sabrá decirle si es su caso. Cualquier movimiento societario, por pequeño que sea, conviene hacerlo sabiendo quién lo verá.

Las vías informales son más rápidas: un comentario en una cena con amigos que también son clientes, una confidencia a un proveedor de confianza, una conversación en el club. En los sectores pequeños, lo que se dice un viernes se sabe el lunes. Si usted tiene exposición pública, se añade la prensa, y ahí el primer interlocutor es su abogado.

Lo más útil es tener preparada una versión para fuera, breve, verdadera e idéntica para todos, y usarla solo cuando alguien pregunte. En el mercado suele pesar menos una separación que la impresión de que nadie lleva el timón.

Queda el círculo de quienes saben porque tienen que saber: abogados, notario, asesor, banco, quizá un perito. Es legítimo preguntar a cada profesional quién más, en su despacho, conocerá su asunto. La misma pregunta vale para nosotros: la respondemos en «¿Quién conocerá mi caso?».

¿Cómo hablar con los hijos cuando hay una empresa de por medio?

Los hijos lo notan antes de que se les diga, a cualquier edad. Lo que cambia con la edad es lo que está en juego para ellos, y en una familia con patrimonio los hijos adultos suelen tener algo más que una opinión: un puesto en la empresa, participaciones, una expectativa sobre el futuro.

Con los hijos menores, lo jurídico tiene su cauce: con quién viven y cómo se reparten los tiempos y los gastos se decide en el procedimiento, y su abogado de familia le explicará cómo. Lo que queda en sus manos es lo demás: cuándo se lo dice, con qué palabras y qué parte de su rutina puede mantenerse igual.

Con los hijos adultos, la dificultad es otra. Sin que nadie se lo pida, pueden sentirse obligados a elegir, y la empresa les ofrece ocasiones de hacerlo: una reunión, una votación en la junta, un cargo. Lo que usted puede decidir es no convertirlos en confidentes ni en árbitros y separar, en lo que dependa de usted, su lugar de hijos de su lugar en la empresa.

Hay además una tentación frecuente en este periodo: compensar. Ofrecer a un hijo la dirección antes de tiempo, decirle a una hija que la casa será suya, hablarles de las participaciones que recibirán. Se hace para tranquilizar, a veces por culpa, y casi siempre demasiado pronto, porque dispone de un patrimonio cuyo reparto aún no está decidido. Lo que se dice a un hijo en esas semanas se recuerda durante años y cuesta mucho corregirlo.

Lo que no cabe en ningún convenio

El convenio regulador reparte bienes, ordena calendarios y fija cantidades, pero no reparte la historia. Muchas empresas familiares nacieron en los mismos años que la familia, a veces en la misma mesa de cocina, y separarse obliga también a mirar de otra manera la obra que acompañó esa vida.

Y está la soledad. Para quien dirige, la separación nunca es del todo privada: en su ciudad y en su sector, usted es también la empresa, y durante un tiempo tendrá la impresión de que todos le observan para ver cómo lo lleva. Los amigos suelen ser comunes, la familia toma posiciones aunque no quiera, la plantilla no puede ser su interlocutora y los profesionales, por buenos que sean, se ocupan de expedientes, plazos y cifras. Lo describimos en «Nadie con quien hablar»: cuanto más visible es alguien, menos interlocutores le quedan.

Ahí puede tener su sitio una conversación privada, con alguien ajeno a su entorno, al procedimiento y a sus decisiones. Rara vez al principio: en las primeras semanas, cuando todo parece urgente, el momento es de su abogado, y es lo que le diremos si nos escribe entonces. Más adelante, cuando los profesionales ya trabajan y lo que queda abierto es otra cosa, el primer paso es un intercambio por WhatsApp o por teléfono con Patty García o con Tony Alcalá.

Le escuchamos, valoramos si podemos aportar algo y le respondemos sí o no, con el motivo. Si es sí, antes de empezar queda fijado qué haremos, durante cuánto tiempo y por qué importe, que no cambia después. La conversación gira en torno a usted: qué está decidiendo, qué es lo que más le importa y qué vida quiere tener cuando esto termine. El recorrido completo está en «¿Qué ocurre antes de aceptar un caso?».

¿Qué conviene no decidir mientras dura la separación?

Algunas decisiones no tienen nada de malo en sí mismas y son, sin embargo, delicadas en este periodo: se deshacen con dificultad y se toman con los tres relojes sonando a la vez. Su abogado y, si procede, su asesor fiscal deben examinar antes cada una; ellos le dirán si puede esperar al acuerdo:

  • vender la empresa, una participación o un inmueble, o aceptar una oferta que llega justo ahora;
  • reorganizar la sociedad, reordenar bienes entre sociedades o cambiar quién la administra;
  • adelantar la sucesión y ceder a un hijo la dirección o participaciones antes de lo previsto;
  • comprar una vivienda, trasladarse a otro país o retirarse de la empresa;
  • anunciar a la plantilla, a los clientes o a la prensa lo que aún no está decidido.

Las ofertas merecen una línea aparte, porque tienen la costumbre de llegar en el peor momento, y en una separación vender puede parecer la manera más rápida de cerrar un capítulo. A veces lo es. Pero una venta decidida para dejar de pensar en algo responde al estado de quien vende, no al valor de lo que se vende.

Las decisiones con fecha real, como un plazo judicial, una renovación de financiación o una operación ya firmada, siguen su curso con su abogado y su asesor. Para las demás sirve el método de las tres preguntas antes de decidir, que se contesta a solas y con un papel.

Lo que sí puede ir preparando

Frente a lo que conviene aplazar, hay un trabajo que está en su mano y que no le obliga a nada: ordenar. Tiene cuatro piezas, y todas caben en un cuaderno que no debería quedarse en la oficina.

La primera es un inventario: qué existe, dónde está, a nombre de quién figura y desde cuándo. Sociedades y participaciones, inmuebles, cuentas, seguros, planes de pensiones, préstamos y avales, bienes en otros países si los hay. No anote a quién cree que corresponde cada cosa, porque eso lo determinará su abogado; anote lo que consta, con el documento que lo acredita al lado.

La segunda es un calendario único, con las fechas de la empresa y las de la familia en la misma hoja: juntas, cierres, vencimientos y negociaciones, pero también exámenes, vacaciones y celebraciones. Muchos choques de este periodo se ven venir en una hoja así, y casi ninguno cuando cada calendario vive por su lado.

La tercera es una lista breve de personas: quién sabe hoy, quién tendrá que saber y cuándo, y por boca de quién se enterará. Es la herramienta más sencilla de la discreción, porque convierte en decisiones lo que sin ella ocurriría por accidente.

La cuarta es la lista de decisiones pendientes, repartida en tres grupos: las que tienen una fecha real y van a sus profesionales, las que pueden esperar sin que se pierda nada concreto y las que conviene no tomar todavía. Cada semana alguna pasa de un grupo a otro, y verlo sobre el papel sirve mucho más que repasarlo todo de madrugada.

Y una pregunta solo para usted, que no hace falta contestar hoy: ¿qué quiere que siga en pie cuando todo esto termine? La empresa, la relación con sus hijos, un nombre, una manera de vivir. La respuesta no figurará en ningún convenio, pero ordena las decisiones de este periodo mejor que cualquier urgencia.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa con la empresa familiar en un divorcio?

La empresa sigue funcionando, y lo que ocurra con su propiedad depende de factores que solo su abogado puede examinar: el régimen económico del matrimonio, cómo y cuándo se adquirieron las participaciones, lo que prevean los estatutos o el protocolo familiar, y si hará falta una valoración. Mientras tanto, lo prudente es no cambiar su estructura ni su administración sin que su abogado y su asesor fiscal lo hayan revisado.

¿Qué no debo hacer durante el divorcio si tengo una empresa?

Tomar decisiones difíciles de deshacer, mientras el acuerdo no está cerrado, sin que su abogado y, si procede, su asesor fiscal las hayan examinado antes: vender la empresa o un inmueble, reorganizar la sociedad o adelantar la sucesión. Ninguna de ellas es mala en sí; lo delicado es el momento.

¿Hay que contar a los empleados que me estoy separando?

No necesariamente, y casi nunca al principio. Lo primero es decidir quién lo oirá de usted antes que nadie: casi siempre quien lleva su agenda o las cuentas, porque es a quien preguntarán los demás. Si un empleado le pregunta directamente, basta con reconocer que hay un asunto personal y que, si algo cambia en la empresa, lo sabrá por usted.

¿Qué hace el notario en un divorcio con empresa o inmuebles?

En España, el notario da forma pública a actos como las capitulaciones matrimoniales, la transmisión de participaciones de una sociedad limitada o la compraventa de un inmueble, y lo hace como funcionario imparcial. Su abogado defiende sus intereses; el notario explica a quien firma el alcance de lo que firma. También puede facilitarle copia de las escrituras y poderes que usted otorgó ante él.

¿Con quién hablar de una separación sin que se entere el entorno?

Primero con sus profesionales, preguntando a cada uno quién más conocerá el asunto en su despacho. Para lo que no es asunto de abogados, asesores ni médicos, una conversación fuera de todos sus círculos tiene su lugar, siempre en paralelo a ellos. En Lex Fati la conocen dos personas, Patty García y Tony Alcalá, y no llevamos fichero de clientes. Empieza por WhatsApp o por teléfono, y el importe se fija antes de empezar.

Si su situación lo requiere, preséntela.

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